Presentó su solicitud formal para el registro como Partido Político Local denominado “Querétaro Seguro”, la representante legal Connie Herrera
Precisamos los requisitos para la constitución de Partidos Políticos Locales en el Estado de Querétaro conforme a los Lineamientos aprobados por el Instituto Electoral del Estado de Querétaro, siendo los siguientes :
Presentar su intención del 1 al 31 de enero 2022.
Tener una A.C
Cuenta Bancaria
Objeto social único constituir Partido Político Local. Registro ante el SAT.
Organización Ciudadana.
Nombre: Querétaro con Rumbo A.C
Representante Legal: Ma. Concepción (Connie) Herrera Martínez.
Querétaro con Rumbo A.C. es la única asociación que cumplió con todos los requisitos exigidos por el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) para poder lograr el registro en el estado como Partido Político Local con “Querétaro Seguro”.
9 de Marzo 2022 el IEEQ emitió proveído que se cumplió con la primera etapa.
Por lo anterior el 17 de junio 2022 la Asociación Civil Querétaro con Rumbo A.C., presentó su agenda de Asambleas Constitutivas Municipales y la Local Constitutiva.
Cumpliendo con el lineamiento que prevé:
Municipio, fecha y hora de asamblea, si como dirección, código postal, coordenadas geolocalización, así como croquis de los sitios propuestos para celebración de asambleas.
Teniendo verificativo del 2 de julio al 7 de agosto 2022, 14 asambleas Constitutivas Municipales validadas por la autoridad electoral.
Además de ser el único de los 11 proyectos registrados en el estado, Querétaro con Rumbo A.C. realizó 15 asambleas, de las cuales 14 fueron municipales y una más local y constitutiva a la que asistieron delegados de todas las demarcaciones, y la cual fue avalada por IEEQ.
Cabe señalar que otro de los requisitos es cumplir con el 0.26% del padrón vigente en proceso electoral para la elección del proceso electoral 2020-2021 y presentar la solicitud oficial antes del 31 de enero de 2023, acompañado de escrito libre con sus anexos.
Afiliaciones en asambleas 2639 registro de ciudadanos que expresaron su manifestación por escrito mediante cédula de afiliación en mesas de registro a cargo de la autoridad electoral en cada una de las asambleas celebradas.
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