Cuando nos enteramos del Modus Operandi de abogados, empleados del gobierno estatal, actuarios transas, la «pasividad» de jueces y la ceguera de magistrados, por el despojo de toda una vida de ahorros de una familia queretana y sin el apoyo de nadie, incluso su propio abogado seguramente se «vendió» https://studio.youtube.com/video/LeLXfCcByeQ/edit
La carta a Mauricio Kuri, seguramente tarde, pero siempre se espera un milagro:
En atención:
Lic. Mauricio Kuri Gonzalez
Gobernador del Estado de Querétaro
PRESENTE
Por medio de la presente y de la manera más atenta y respetuosa, me dirijo a usted para solicitar de su apoyo. Ya que, por medio de un juicio fraudulento y corrupto, un servidor público del Estado de Querétaro, está por despojarme de mi patrimonio.
Le platico los antecedentes:
18 de febrero de 1986: Gobierno del estado de Querétaro le otorga la posesión de la manzana 496 de la colonia San Pedrito Peñuelas, en el municipio de Querétaro. A José Cruz Rodriguez Ruiz.
2 de agosto de 1991: Comisión estatal de la Vivienda (COMEVI) ahora Instituto de la Vivienda del estado de Querétaro (IVEQ), expropia la colonia San Pedrito Peñuelas. 11 de marzo de 1992: COMEVI vende a José de Jesús de la Torre Escobedo, los lotes 21,22 y 23 de la manzana 496 de la colonia San Pedrito Peñuelas, en el municipio de Querétaro. Los cuales fusiona y subdivide, en los lotes I, II, II y IV, quedando de la siguiente manera:
24 de marzo de 2004: José de Jesús de la Torres Escobedo, vende a Fernando de Betancourt Favela y a su esposa, Josefina Santos Santos, las fracciones I Y IV.
19 de abril de 2007: Fernando de Betancourt Favela y a su esposa, Josefina Santos Santos, venden a José Jimenez Robles, en representación de su Menor Hija Iris Rubi Jimenez Vega. Las facciones I Y IV Con las escrituras públicas 24 209 y 26 260, Clave Catastral 14 01 001 21 496 018 y 14 01 001 41 496 017 ante la fe del notario público Lic. Santos de Jesús Martinez Reséndiz.
24 de noviembre de 2010: Se admite la demanda reivindicatoria del Lote 23 de la Manzana 496 de ante el juzgado Octavo de lo Civil con expediente 2120/10 por parte de Rolando de Benavente Ortega apoderado Legal de Juan Ramón Paniagua Vasco y Lic. Martin Salvador Gómez Botello como mandatario judicial. En contra de Iris Rubí Jimenez Vega (Menor de edad en dicha fecha) Presentando la escritura sin número o Clave catastral ya que no fue inscrita al registro público de la propiedad.
De acuerdo a las investigaciones realizadas:
20 de mayo de 1991: COMEVI vende al Juan Ramón Paniagua Vasco el Lote 23 de la manzana 496
24 de mayo de 2009: Juan Ramón Paniagua Vasco vende por conducto de su apoderado legal Rolando de Benavente Ortega el lote 23 de la Manzana 496, a Rogerio Cardenas Santibáñez ante la Fe del Lic. Francisco Guerra Malo. Con la Escritura pública 12 194 e inscrita al Servicio Público de la propiedad hasta el 15 de junio de 2011 (Nótese que la inscribieron hasta que conocieron mi número de Clave Catastral)
12 de junio de 2011: Se dicta sentencia a favor de Juan Ramón Paniagua Vasco, La reivindicación del lote 23. La cual se Suspendió al no encontrar dicho lote físicamente.
31 de Julio de 2014: Rogerio Cardenas Santibáñez solicita la sustitución procesal, la cual se le niega.
27 de septiembre de 2018: Rolando de Benavente Ortega y Martin Salvador Gómez Botello, se desisten de la acción de la demanda.
20 de junio de 2019: Comparece Rogerio Cardenas Santibáñez A través de su apoderada Legal Giovanna Stephania Cardenas Hudorovich, le otorgan la sustitución.
27 de abril de 2021: se ordena lanzamiento de la fracción I
20 de mayo de 2021: se ordena nuevo lanzamiento
10 de agosto de 2021: Promuevo un juicio de amparo ya que, en el momento del lanzamiento de mayo de 2021, comprobé mi propiedad con mi escritura publica
4 de mayo de 2022: Se resuelve el amparo, lo cual se resuelve como improcedente, porque Cito: “implicaría un análisis a fondo del acto reclamado, lo cual no es factible, por tanto, habrá que esperar que se emita la última resolución, para que la inconforme este en posibilidad legal de reclamar las violaciones cometidas en éste.
Hay que considerar:
- Soy Dueña desde 2007 de las fracciones I Y IV de la Fusión y Subdivisión de los lotes 21 22 y 23 de la manzana 496.
- He pagado mis impuestos prediales, servicios, usos de suelo, números oficiales, permisos de construcción y alta de la misma.
- COMEVI no pudo haber vendido en mayo de 1991 ya que expropio toda la manzana el 2 de agosto de 1991.
- Inscriben ante el servicio público de la propiedad y el comercio hasta junio de 2011, hasta que conocieron mi número de Clave Catastral, la cual colocan en la escritura de la venta a Rogerio con alevosía y ventaja, ya que, al consultar la clave, aparece mi información
- Tanto el mandatario judicial, como el representante legal de Juan Ramón Paniagua Vasco, se desistieron de la acción, ya que se les comprobó el Fraude ante la autoridad Penal.
- El mandatario Judicial de Juan Ramón Paniagua Vasco, Martin Salvador Gómez Botello cuenta con múltiples antecedentes penales (40 averiguaciones por Fraudes, abusos de confianza, falsificación de documentos) los cuales adjuntamos como anexo.
- Con apoyo de peritos corruptos y falsos testigos, determinaron que ahora el lote 23 es la fracción I , lo cual es Falso, ya que al Expropiar, y hacer el proceso de Fusión y Subdivisión, dicho lote dejó de existir.
- Las influencias de la servidora pública (Actual trabajadora como abogada en la dirección de fomento y regularización sanitaria del estado de Querétaro), Giovanna Stephania Cardenas Hudorovich, me han afectado negativamente en el proceso, ya que ha conseguido favores como lanzamientos al día siguiente, o que se acepte la sustitución procesal hasta que ella se presentó en el juicio.
- El juicio que se ha llevado durante 11 años, en el cual se observa caramente, el fraude, ha sido una maquinación de una red de delincuentes y corruptos, que pretenden despojar a una ciudadana de la propiedad que con tanto esfuerzo ha construido,
Ahora ayúdeme a entender:
¿Cómo le otorgan la posesión de la fracción 1, en lugar del lote 23 original?
¿Cómo vendes o compras un predio sin tomar posesión y a sabiendas que existen problemas legales con dicho predio?
¿Por qué la justica, aun comprobando el fraude existente, les otorga la posesión a los delincuentes?
¿Por qué la autoridad está consiente de las violaciones que se tienen en mi juicio, pero que me pidan que primero se ejecute la sentencia, para poder reclamar?
Le agradezco de antemano el tiempo prestado a la presente, Esperando contar con su apoyo para aclarar, detener y a exponer este tipo de actos, ya que han sido muchos años de angustia, frustración, impotencia y desesperación.
Su más atenta y segura servidora
Iris Rubí Jiménez Vega
Santiago de Querétaro, Querétaro
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